Santo Domingo.— La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) reiteró este lunes que los contribuyentes clasificados como grandes locales y medianos deberán emitir exclusivamente comprobantes fiscales electrónicos (e-CF) a partir del próximo domingo 1 de noviembre, conforme al calendario de implementación de la facturación electrónica en República Dominicana.
La disposición establece que las empresas comprendidas en estas categorías deberán utilizar secuencias electrónicas tipo E para documentar sus operaciones. Los comprobantes fiscales no electrónicos tipo B que les fueron asignados conservarán su validez hasta el sábado 31 de octubre.
Una vez vencido el plazo, su utilización quedará restringida a los procedimientos excepcionales de contingencia previstos en el Reglamento 587-24, que desarrolla la aplicación de la Ley 32-23 sobre Facturación Electrónica.
La administración tributaria exhortó a las empresas alcanzadas por la medida a completar las adecuaciones tecnológicas y administrativas necesarias para mantener sus procesos de facturación sin interrupciones.
El cambio supone que los contribuyentes sujetos a la obligación deberán contar con sistemas capaces de generar, transmitir y administrar comprobantes fiscales electrónicos conforme a los requisitos establecidos por la DGII. También exige revisar los procedimientos internos de contabilidad, facturación y registro de operaciones comerciales.
La institución informó que existen 195 proveedores de servicios de facturación electrónica autorizados, que ofrecen soluciones tecnológicas para facilitar la incorporación de las empresas al sistema.
La transición forma parte del proceso de digitalización tributaria iniciado con la Ley 32-23. Según la DGII, la facturación electrónica permitirá simplificar procedimientos administrativos, mejorar la trazabilidad de las transacciones y fortalecer los mecanismos de control fiscal.
Pequeños contribuyentes tienen otro plazo
La DGII recordó que los contribuyentes clasificados como pequeños, micro y no clasificados disponen de una prórroga hasta el 15 de noviembre de 2026 para completar su incorporación a la facturación electrónica.
La distinción entre categorías resulta relevante porque las fechas de cumplimiento no son iguales para todos los negocios. Las empresas deben verificar su clasificación tributaria y las obligaciones correspondientes antes de adoptar decisiones sobre sus sistemas de facturación.
El vencimiento del 31 de octubre constituye una fecha especialmente importante para los grandes contribuyentes locales y medianos que todavía utilizan secuencias tradicionales tipo B.
La DGII mantiene disponible en su portal institucional información sobre los requisitos de implementación, las modalidades de emisión y los proveedores autorizados.